Cómo se calcula la retención de ISR a asimilados
Quien paga a un asimilado a salarios debe retener ISR con la misma tarifa que se usa para los sueldos (artículo 96 de la LISR), según la periodicidad del pago. El cálculo tiene cuatro pasos:
- Ubica el ingreso bruto en la tarifa del periodo (semanal, quincenal o mensual).
- Réstale el límite inferior de su tramo para obtener el excedente.
- Multiplica el excedente por el porcentaje del tramo.
- Súmale la cuota fija. El resultado es el ISR a retener; el neto es el bruto menos esa retención.
Ejemplo mensual: con un bruto de $20,000 el tramo empieza en $17,533.65. El excedente de $2,466.35 por 21.36 % da $526.81; más la cuota fija de $1,856.84, la retención es de $2,383.65 y el neto, $17,616.35.
Tarifa quincenal de retención 2026
| Límite inferior | Límite superior | Cuota fija | % sobre excedente |
|---|---|---|---|
| $0.01 | $416.70 | $0.00 | 1.92 % |
| $416.71 | $3,537.15 | $7.95 | 6.40 % |
| $3,537.16 | $6,216.15 | $207.75 | 10.88 % |
| $6,216.16 | $7,225.95 | $499.20 | 16.00 % |
| $7,225.96 | $8,651.40 | $660.75 | 17.92 % |
| $8,651.41 | $17,448.75 | $916.20 | 21.36 % |
| $17,448.76 | $27,501.60 | $2,795.25 | 23.52 % |
| $27,501.61 | $52,505.25 | $5,159.70 | 30.00 % |
| $52,505.26 | $70,006.95 | $12,660.75 | 32.00 % |
| $70,006.96 | $210,020.70 | $18,261.30 | 34.00 % |
| $210,020.71 | En adelante | $65,866.05 | 35.00 % |
Subsidio para el empleo 2026
Desde 2026 el subsidio es de $535.65 al mes (15.02 % de la UMA mensual) para ingresos de hasta $11,492.66. En pagos quincenales o semanales el monto y el límite se dividen entre 30.4 y se multiplican por los días del periodo. Solo aplica a sueldos y salarios y a servidores públicos, no a la mayoría de los asimilados.
Los pagos a asimilados se comprueban con un recibo de nómina CFDI con un tipo de régimen de asimilados (claves 05 a 11 del catálogo del SAT). ConEQIDIS Facturación timbras recibos de nómina 1.2 sin límite por $99 + IVA al mes.
