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Calculadora de ISR 2026

Calcula el pago provisional mensual o la declaración anual de una persona física con las tarifas 2026 del SAT: Actividad Empresarial y Profesional, RESICO y Plataformas Digitales.

Tus datos

El cálculo cambia según tu régimen.

Régimen fiscal
Periodo

Tu ISR

Pago provisional mensual

Ingresos$0.00

Deducciones$0.00

Base gravable$0.00

ISR según tarifa$0.00

Pagos previos y retenciones$0.00

ISR a pagar$0.00

Tasa efectiva sobre tus ingresos: 0 %

Cálculo informativo con las tarifas vigentes en 2026. No sustituye la asesoría de un contador ni tu declaración ante el SAT.

Cómo se calcula el ISR de una persona física en 2026

El Impuesto Sobre la Renta (ISR) depende del régimen en el que estás inscrito ante el SAT. Esta calculadora cubre los tres más comunes para quien trabaja por su cuenta:

  • Actividad Empresarial y Profesional (régimen 612). Pagas sobre tu utilidad: ingresos menos deducciones autorizadas. Los pagos provisionales son acumulados: en el mes N usas los ingresos y deducciones de enero a N y la tarifa mensual multiplicada por N, y restas lo que ya pagaste.
  • Régimen Simplificado de Confianza (RESICO, 626). Pagas una tasa fija de 1 % a 2.5 % sobre lo que cobraste en el mes, sin deducciones, mientras tus ingresos no pasen de $3.5 millones al año.
  • Plataformas Digitales. La plataforma te retiene un porcentaje de tus ingresos según el tipo de actividad: 1 %, 2.1 % o 4 %.

Tarifa mensual de ISR 2026

Tarifa del artículo 96 de la LISR publicada en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026.

Límite inferiorLímite superiorCuota fija% sobre excedente
$0.01$844.59$0.001.92 %
$844.60$7,168.51$16.226.40 %
$7,168.52$12,598.02$420.9510.88 %
$12,598.03$14,644.64$1,011.6816.00 %
$14,644.65$17,533.64$1,339.1417.92 %
$17,533.65$35,362.83$1,856.8421.36 %
$35,362.84$55,736.68$5,665.1623.52 %
$55,736.69$106,410.50$10,457.0930.00 %
$106,410.51$141,880.66$25,659.2332.00 %
$141,880.67$425,641.99$37,009.6934.00 %
$425,642.00En adelante$133,488.5435.00 %

Tasas de RESICO 2026

Ingresos mensuales hastaIngresos anuales hastaTasa
$25,000.00$300,000.001.00 %
$50,000.00$600,000.001.10 %
$83,333.33$1,000,000.001.50 %
$208,333.33$2,500,000.002.00 %
—$3,500,000.002.50 %

Ejemplo de pago provisional

Una profesionista en Actividad Empresarial cobra $30,000 y tiene $5,000 de gastos deducibles en enero. Su base es $25,000. En la tarifa mensual cae en el tramo que empieza en $17,533.65: paga la cuota fija de $1,856.84 más 21.36 % sobre el excedente de $7,466.35, es decir, $3,451.65 de ISR.

Con EQIDIS Contabilidad un contador hace este cálculo cada mes con tus facturas descargadas del SAT y presenta tu declaración. Si ya facturas con EQIDIS, tus ingresos y gastos ya están ahí.

Preguntas frecuentes

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¿Cómo se calcula el ISR mensual de una persona física?

En Actividad Empresarial y Profesional se restan las deducciones a los ingresos acumulados del año, a esa base se aplica la tarifa del art. 96 elevada al número de meses y al resultado se le restan los pagos provisionales anteriores y las retenciones. En RESICO se aplica una tasa fija de 1 % a 2.5 % sobre los ingresos cobrados del mes, sin deducciones.

¿Cuál es la tarifa de ISR 2026?

Es la publicada en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026. La tarifa mensual va de 1.92 % para ingresos de hasta $844.59 a 35 % para el excedente de $425,642.00, con su cuota fija en cada tramo.

¿Cuánto ISR se paga en RESICO?

De 1 % a 2.5 % de los ingresos efectivamente cobrados, según el monto: 1 % hasta $25,000 al mes, 1.1 % hasta $50,000, 1.5 % hasta $83,333.33, 2 % hasta $208,333.33 y 2.5 % hasta $3.5 millones al año. No hay deducciones.

¿Qué pasa si en RESICO paso de $3.5 millones al año?

Dejas de tributar en RESICO y pasas al régimen de Actividad Empresarial y Profesional a partir del pago provisional del mes en que rebasaste el límite.

¿Cuánto me retienen en plataformas digitales?

Las plataformas retienen ISR sobre tus ingresos: 1 % por venta de bienes y prestación de servicios, 2.1 % por transporte de pasajeros y entrega de bienes, y 4 % por hospedaje. Si solo tienes estos ingresos y no rebasan $300,000 al año, la retención puede ser pago definitivo.

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